Cómo es el examen teórico de la licencia clase B
Son 35 preguntas, tres valen doble y se aprueba con 33 de 38 puntos. Esto es lo que dicen el reglamento y CONASET sobre el examen, y también lo que no dicen.
| 35 preguntas | Al azar, de un banco que administra el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (D.S. 170, art. 7) |
| 3 valen doble | Por eso el máximo son 38 puntos, no 35 |
| 33 de 38 | Los puntos que hacen falta para aprobar |
| 45 minutos | El tiempo para contestar las 35, según CONASET. El reglamento no fija la duración |
| En computador | En la municipalidad, con un sistema informático del Ministerio (D.S. 170, art. 7) |
Las tres preguntas que valen doble
El reglamento no dice cuáles son, sino de qué materias salen: consumo de alcohol, estupefacientes o sustancias sicotrópicas, velocidad, casco protector, cinturón de seguridad y sistemas de retención infantil (D.S. 170, art. 7).
Con 33 de 38, el margen es de 5 puntos. Puedes fallar hasta cinco preguntas normales, pero si fallas las tres que valen doble pierdes 6 puntos y repruebas aunque aciertes todas las demás. Esas materias conviene llevarlas especialmente bien.
Qué materias entran
El examen evalúa tus conocimientos sobre las disposiciones legales y reglamentarias del tránsito, la mecánica básica y la conducta vial (D.S. 97, art. 7). Para estudiarlas, CONASET publica gratis el Libro para la conducción en Chile de la clase B.
Nadie tiene «las preguntas del examen»
El banco del examen no es público. El reglamento prohíbe además captar, registrar, almacenar o distribuir sus preguntas y respuestas (D.S. 170, art. 11). Desconfía de quien te prometa las preguntas exactas: lo que sí puedes hacer es entender la norma que hay detrás de cada una, y para eso sirve practicar con preguntas explicadas.
Qué no puedes usar durante el examen
Durante los exámenes no se permite usar teléfonos ni ningún aparato para comunicarse, grabar o transmitir información, ni manuales ni documentos impresos. Tampoco el Libro. Si no lo cumples, se deniega la licencia (D.S. 170, art. 11).
Si repruebas
- Puedes repetir el examen teórico una vez, en un plazo de hasta 25 días hábiles desde el primero (D.S. 170, art. 11; Libro, p. 169).
- El teórico es eliminatorio: si no lo apruebas, no pasas al examen práctico (D.S. 170, art. 11).
- Si vuelves a reprobar, o no te presentas dentro del plazo, la municipalidad deniega la licencia (D.S. 170, art. 11). Si por un motivo justificado, como salud o trabajo, no puedes ir a tiempo, el Libro explica que puedes pedir una prórroga, siempre antes de que venzan los 25 días (p. 169).
- Tras una denegación hay que empezar un trámite nuevo, y no antes de 30 días desde la primera denegación ni de 6 meses desde cada una de las siguientes (Ley de Tránsito, art. 17). El Libro precisa que esos 30 días son hábiles (p. 169).
Antes del examen
La licencia clase B se pide en la municipalidad de la comuna donde vives (Ley de Tránsito, art. 11). La edad mínima es de 18 años, o de 17 si apruebas un curso en una escuela de conductores y te autorizan expresamente tus padres, apoderados o representantes legales (art. 13). Hasta cumplir los 18, esa licencia solo te permite conducir acompañado, en el asiento delantero, por una persona que pueda reemplazarte al volante y tenga licencia para la clase B con al menos 5 años de antigüedad (art. 13). Además del teórico, rindes los exámenes médicos y el examen práctico (D.S. 170, art. 11).
📌 La Ley 21.797 modifica los requisitos de la licencia y cómo se acreditan (arts. 13 a 15 de la Ley de Tránsito). Sus cambios entran en vigor 90 días después de que se publique su reglamento; hasta entonces rige lo que se explica aquí.
¿Se puede rendir en inglés?
Sí. A petición del interesado, el examen teórico de la clase B puede rendirse en inglés, con las mismas reglas (D.S. 170, art. 7).
Haz el examen como si fuera el de verdad
El simulador tiene 35 preguntas, tres valen doble y se corrige sobre 38 puntos, como el examen.
Ir al simuladorFuente: D.S. 170 de 1985 (reglamento de licencias), arts. 7 y 11; D.S. 97 de 1984, art. 7; Ley de Tránsito (DFL 1 de 2007), arts. 11, 13 y 17; Libro para la conducción en Chile (CONASET, febrero de 2026), anexo 3, p. 169; preguntas frecuentes de CONASET. Revisado el 3 de octubre de 2026.